Inspección Técnica de Edificio

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¿Qué es la ITE?

Las siglas I.T.E. significan “Inspección Técnica del Edificio”, si bien en Castilla y León se conoce como I.T.C. o "Inspección Técnica de Construcciones." Es un reconocimiento obligatorio para edificios de cierta antigüedad que se lleva a cabo periódicamente.

La I.T.E. revisa diversos apartados del edificio, que varían de municipio a municipio, pero que suelen incluir, como mínimo, una revisión de la estructura, de fachadas y tabiques interiores, de cubiertas y azoteas, y de las redes de fontaneríay saneamiento. Algunos municipios incluyen otros apartados en las partes obligatorias de las inspecciones, como la revisión de la instalación de electricidad, accesibilidad o eficiencia energética.

Preguntas frecuentes
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Todos los edificios que pertenecen a municipios de España de más de 25.000 habitantes están obligados a pasar esta inspección, ya sean edificios de viviendas, industriales, oficinas, comerciales, almacenes, etc.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Todos los edificios que pertenecen a municipios de España de más de 25.000 habitantes están obligados a pasar esta inspección, ya sean edificios de viviendas, industriales, oficinas, comerciales, almacenes, etc.
 ¿Cuándo debe de pasar un edificio la ITE?
El correspondiente Real Decreto dicta que, como tarde, la primera inspección deberá de realizarse durante el año en el que el edificio cumpla 50 años, y luego periódicamente. Sin embargo, cada municipio puede establecer su propio intervalo, y el Real Decreto establece la antiguedad máxima para la primera inspección, pero no la mínima. Así pues, la normativa local puede dictar que la primera inspección sea cuando el edificio cumple 40, 30 o incluso 20 años.
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